¡Hola, opositores! ¿Sabéis cuál es la diferencia entre funcionario de carrera y funcionario interino? Como os explicaremos en esta entrada, son dos de los tipos de empleados públicos que existen en España.

¡Seguid leyendo si queréis conocer todos los detalles!

Diferencia entre funcionario de carrera y funcionario interino

Para aclarar la diferencia entre funcionario de carrera y funcionario interino, debemos partir de la clasificación de los empleados públicos que existe en nuestro país.

De este modo, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), que ya os mencionábamos en nuestro post sobre los tipos de funcionarios, nos dice que los empleados públicos se clasifican en:

  • Funcionarios de carrera
  • Funcionarios interinos
  • Personal laboral, que, a su vez, puede ser:
    • Fijo
    • Por tiempo indefinido
    • Temporal
  • Personal eventual

En los siguientes apartados analizamos cada una de estas categorías por separado, para que podáis ver exactamente la diferencia entre funcionario de carrera y funcionario interino. También os lo resumimos en este vídeo.


¿Tenéis dudas sobre los perfiles profesionales en la Administración Pública?

Echadle un ojo a este esquema gratuito 🎁


Qué es un funcionario de carrera

De acuerdo con el TREBEP (artículo 9), el funcionario de carrera es aquel empleado público que, en virtud de nombramiento legal:

  • Está vinculado a una Administración Pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo. De este modo, el funcionario de carrera no se vincula mediante un contrato de trabajo, sino que es nombrado por la Administración después de superar un proceso selectivo y su relación se rige por el Derecho Administrativo. Así, por ejemplo, ante un conflicto de trabajo, no se resolverá en la jurisdicción laboral, sino en la contencioso-administrativa
  • Desempeña servicios profesionales retribuidos de carácter permanente. Sin duda, la permanencia  es una de las características que más identificamos con los funcionarios. De este modo, salvo casos muy excepcionales (como ciertas sanciones), el funcionario no puede ser desposeído de su puesto

Por tanto, este tipo de empleado público es el que solemos tener en mente cuando hablamos de funcionarios. Sobre todo, debido a la estabilidad del puesto y el tipo de funciones que desempeñan.

De hecho, tened en cuenta que hay cierto tipo de funciones que están reservadas a funcionarios. Es decir, no pueden ser realizadas por personal laboral. Según el TREBEP, se trata de aquellas funciones que impliquen la participación directa o indirecta:

  • En el ejercicio de las potestades públicas
  • En la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas

Qué es un funcionario interino: diferencias con el funcionario de carrera

La diferencia del funcionario de carrera con el funcionario interino radica, esencialmente, en que los interinos:

  • No gozan de la misma estabilidad y permanencia que los funcionarios de carrera
  • Así, solo pueden ser nombrados para desempeñar funciones propias de funcionarios de carrera por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
    • Existencia de plazas vacantes, cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera
    • Sustitución transitoria de los titulares
    • Ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo del TREBEP
    • Exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses
  • Por tanto, los funcionarios interinos cesarán cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento

Por lo demás, estos empleados públicos desempeñan el mismo tipo de funciones que los funcionarios de carrera y están también sometidos a un régimen estatutario de Derecho Administrativo.

Cómo ser funcionario interino

Aunque los funcionarios interinos sean diferentes a los de carrera y su vinculación tenga carácter temporal, ello no quiere decir que puedan nombrarse sin cumplir ciertos requisitos y procedimientos.

De este modo:

  • Han de cumplir todos los requisitos de edad, nacionalidad, titulación, capacidad y habilitación que exija el puesto convocado
  • Deben seleccionarse mediante un procedimiento que, aunque sea ágil, debe respetar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad

Por tanto, para ser funcionarios interinos tendréis que superar el correspondiente proceso selectivo, compitiendo en igualdad de condiciones con los demás candidatos. En consecuencia:

  • Se publicarán las correspondientes bases de la convocatoria, para dar oportunidades a cualquier persona interesada
  • Con ello, se abrirá un plazo para presentar solicitudes de participación
  • Se seleccionará a los candidatos más capacitados, de acuerdo con un procedimiento objetivo que valore la idoneidad y méritos de cada aspirante
  • Su nombramiento es equivalente al nombramiento de un funcionario de carrera, quedando sometidos a un régimen estatutario de Derecho Administrativo

Beneficios de acceder a puestos de funcionario interino

Como es lógico, la menor estabilidad que tienen los funcionarios interinos, a diferencia de los de carrera, les resta bastante atractivo. Sin embargo, también es cierto que, mientras dure su relación de servicio, tienen importantes puntos positivos:

  • Disfrutan de las mismas condiciones laborales que los funcionarios de carrera (horario, vacaciones, días de asuntos propios, etc.)
  • Perciben iguales retribuciones, tanto básicas como complementarias
  • Adquieren experiencia y conocimientos prácticos sobre el funcionamiento del puesto, lo que puede servirles para estudiar más fácilmente una futura oposición a funcionario de carrera
  • Dicha experiencia también podría ser valorada como mérito en un eventual concurso-oposición para cubrir la plaza definitivamente

Personal laboral y eventual

Finalmente, haremos un breve repaso de las características que tienen las dos categorías de empleados públicos que debéis conocer y nos falta por analizar en este post:

  • El personal laboral es, simplemente, un empleado público que se incorpora mediante contrato laboral. Por tanto, no está sometido a un régimen estatutario de Derecho Administrativo, sino a la legislación laboral. En consecuencia, el personal laboral podría ser despedido de acuerdo con dicha normativa, sin gozar de la estabilidad propia de los funcionarios
  • Por su parte, el personal eventual es aquel que se nombra con carácter no permanente, para realizar funciones de confianza o asesoramiento especial. Por tanto, puede nombrarse y cesarse libremente, dentro de lo permitido por la ley. En cualquier caso, cesará automáticamente al cesar la autoridad a la que asesora o a la que presta sus servicios

Ahora que ya sabes cuál es la diferencia entre funcionario de carrera y funcionario interino, ¿te parece interesante optar a un puesto de este tipo? Sin duda, el interinaje puede ser una experiencia valiosa, aunque la mayoría de opositores prefieren concentrar sus esfuerzos en preparar un proceso selectivo para funcionario de carrera.

El equipo de OpositaTest

www.opositatest.com