Prueba Acceso a la Abogacía
- Próximamente
- Convocada
- Abierto el plazo de presentación de instancias
- Cerrado el plazo de presentación de instancias
- En desarrollo
Convocada la prueba de acceso a la abogacía 2025
- LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS/AS Y EXCLUIDOS/AS (puede consultarse con más detalle en el portal del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en el apartado «Empleo Público y acceso a profesiones-Acceso a la profesión de la Abogacía». https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/empleo-publico/acceso-profesion-abogados).
- NOTA INFORMATIVA relativa a el listado. PERIODO DE SUBSANACIONES: del 11 al 28 de abril, para que las personas aspirantes excluidas puedan subsanar el defecto que ha motivado la exclusión de las listas deberán realizar la subsanación de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (https://sede.mjusticia.gob.es)
- NOTA INFORMATIVA INSCRIPCIÓN ELECTRÓNICA 2025
- INSCRIPCIÓN: la solicitud de inscripción deberá presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (https://sede.mjusticia.gob.es), utilizando Cl@ve como sistema de identificación electrónica por parte de las personas aspirantes.El plazo de presentación de solicitudes de inscripción en la evaluación será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «BOE» (disponible del 13 de marzo al 2 de abril, ambos incluidos).
- Al realizar su solicitud de inscripción, las personas aspirantes deberán cumplimentar en el formulario los siguientes elementos: a) Aportar una cuenta de correo electrónico personal e intransferible que servirá para la realización de la prueba. b) Elegir, para las materias específicas, una especialidad jurídica entre las 4 posibles. Esta elección no podrá ser modificada con posterioridad. c) Comprometerse durante la celebración de la prueba a respetar las normas de la prueba, a no consultar en ningún momento textos legales ni manuales jurídicos ni cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo, ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio hasta el final de este. d) La prueba de aptitud podrá realizarse, a libre elección de la persona aspirante, en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales autonómicas. e) Elección sobre la expedición del título profesional conforme a lo señalado en el apartado 16 de esta convocatoria.
- Durante el proceso de inscripción, las personas aspirantes deberán adjuntar una fotografía del rostro actualizada tamaño carné. La imagen irá en un archivo JPG que llevará por nombre el número de DNI, NIE o pasaporte. La no remisión de esta fotografía será causa de exclusión.
- ¡NUEVO! Nota Informativa conjunta del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades sobre el criterio adoptado para la realización de las Pruebas de Acceso a la Abogacía y la Procura tras la anulación del Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero.: al haber sido anulado el RD 64/2023, de 8 de febrero, que aprobó el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, por la Sentencia 1975/2024, de 17 de diciembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) del Tribunal Supremo, es intención de ambos Ministerios, convocar una prueba de acceso a la Abogacía y una prueba de acceso a la Procura en base al Real Decreto 775/2011, de 3 de junio. Durante el segundo semestre del 2025 se celebrará una segunda prueba de la que se informará en los próximos meses.
Convocada la segunda prueba de acceso Abogacía 2024