Una pareja de la Policía Local se encuentra realizando labores propias de su cargo en el vehículo policial; observan un ciclomotor que les precede, cuyo conductor al percatarse de la presencia policial comienza a aumentar la velocidad del ciclomotor y a adelantar a los vehículos que le preceden invadiendo el carril contrario sin respetar la línea longitudinal blanca continua.
En esos momentos, la pareja policial conecta tanto las señales luminosas como las señales acústicas y procede a iniciar una persecución tras el ciclomotor.
El conductor del ciclomotor en vez de parar continúa la marcha aumentando cada vez más la velocidad y circula por calles en dirección prohibida y calles peatonales, con temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. Una vez interceptado e identificado el conductor, este tiene 14 años, presenta signos evidentes de conducir bajo los efectos del alcohol, y tras someterle a la prueba de alcoholemia mediante etilómetro autorizado, arroja un resultado en ambas pruebas de 0 ́13 miligramos de alcohol por litro expirado de aire.
El ciclomotor no era suyo, lo acababa de coger sin el consentimiento de su propietario hacía escasos minutos para trasladarse hasta su domicilio, en el que vive, al otro lado de la ciudad y posteriormente abandonarlo a las puertas de una cochera con vado. Su propietario lo había dejado en marcha porque iba a sacar dinero de un cajero y, de repente, cuando se ha querido dar cuenta ha visto como un joven se montaba en el ciclomotor y se marchaba del lugar.
En el cacheo superficial que le realizan se le incauta en uno de los bolsillos, una navaja de grandes dimensiones.
Una pareja de la Policía Local se encuentra realizando labores propias de su cargo en el vehículo policial; observan un ciclomotor que les precede, cuyo conductor al percatarse de la presencia policial comienza a aumentar la velocidad del ciclomotor y a adelantar a los vehículos que le preceden invadiendo el carril contrario sin respetar la línea longitudinal blanca continua.
En esos momentos, la pareja policial conecta tanto las señales luminosas como las señales acústicas y procede a iniciar una persecución tras el ciclomotor.
El conductor del ciclomotor en vez de parar continúa la marcha aumentando cada vez más la velocidad y circula por calles en dirección prohibida y calles peatonales, con temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas. Una vez interceptado e identificado el conductor, este tiene 14 años, presenta signos evidentes de conducir bajo los efectos del alcohol, y tras someterle a la prueba de alcoholemia mediante etilómetro autorizado, arroja un resultado en ambas pruebas de 0 ́13 miligramos de alcohol por litro expirado de aire.
El ciclomotor no era suyo, lo acababa de coger sin el consentimiento de su propietario hacía escasos minutos para trasladarse hasta su domicilio, en el que vive, al otro lado de la ciudad y posteriormente abandonarlo a las puertas de una cochera con vado. Su propietario lo había dejado en marcha porque iba a sacar dinero de un cajero y, de repente, cuando se ha querido dar cuenta ha visto como un joven se montaba en el ciclomotor y se marchaba del lugar.
En el cacheo superficial que le realizan se le incauta en uno de los bolsillos, una navaja de grandes dimensiones.
¡Cuidado! Esta pregunta en su redacción original está actualmente derogada.
¡Cuidado! Esta pregunta fue anulada por el tribunal calificador de la oposición.
¿Qué infracción administrativa comete según la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana con relación a portar esa navaja de grandes dimensiones?
Con relación a la utilización del ciclomotor que no era de su propiedad, y teniendo en cuenta las circunstancias previstas en el supuesto, ¿qué infracción penal de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal incurría el conductor del ciclomotor?
Con relación a la tasa de alcoholemia que arroja el conductor y teniendo en cuenta las circunstancias expuestas en el supuesto, ¿cuál es la tasa máxima de alcoholemia permitida para dicho conductor?
El conductor del ciclomotor al observar la presencia policial en vez de parar, aumenta la velocidad y circula por calles en dirección prohibida y calles peatonales con temeridad manifiesta y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, ¿En qué infracción penal de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal incurriría?
Según el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores, ¿qué permiso de conducción y edad mínima debe tener el conductor del ciclomotor del supuesto para poder conducirlo?