Sobre las 10:50 horas en el módulo 3 de un establecimiento penitenciario, los funcionarios de servicio observan que el interno Andrés J.H. (penado 2o grado) entra en la sala de día con la cara ensangrentada manifestando haber sufrido una caída, por lo que se procede a su traslado inmediato a la enfermería, donde el servicio médico, tras explorar al interno, recomienda derivarlo inmediatamente al hospital de referencia, dada la gravedad de las lesiones que presenta. Puestos los hechos en conocimiento del Jefe de Servicios y realizadas las averiguaciones oportunas, se constata que las lesiones que presenta son producto de una agresión con un objeto punzante por parte el interno Raúl Y.Z. (preventivo) que se muestra visiblemente alterado, reconoce los hechos y amenaza con repetir la agresión, razón por la que se le aplica el aislamiento provisional tras ser valorado por los servicios médicos.
Inmediatamente después de producido el incidente, el Jefe de Servicios ordena que se efectúe un cacheo con desnudo integral al interno Raúl Y.Z., en el que se le requisa un "pincho carcelario", habiendo mostrado resistencia activa a ser cacheado.
A Andrés J.H. también se le aplica aislamiento provisional tras regresar del hospital.
Raúl Y.Z. presenta antecedentes de haber protagonizado múltiples incidentes regimentales, que muestran una inadaptación al régimen ordinario.
Sobre las 10:50 horas en el módulo 3 de un establecimiento penitenciario, los funcionarios de servicio observan que el interno Andrés J.H. (penado 2o grado) entra en la sala de día con la cara ensangrentada manifestando haber sufrido una caída, por lo que se procede a su traslado inmediato a la enfermería, donde el servicio médico, tras explorar al interno, recomienda derivarlo inmediatamente al hospital de referencia, dada la gravedad de las lesiones que presenta. Puestos los hechos en conocimiento del Jefe de Servicios y realizadas las averiguaciones oportunas, se constata que las lesiones que presenta son producto de una agresión con un objeto punzante por parte el interno Raúl Y.Z. (preventivo) que se muestra visiblemente alterado, reconoce los hechos y amenaza con repetir la agresión, razón por la que se le aplica el aislamiento provisional tras ser valorado por los servicios médicos.
Inmediatamente después de producido el incidente, el Jefe de Servicios ordena que se efectúe un cacheo con desnudo integral al interno Raúl Y.Z., en el que se le requisa un "pincho carcelario", habiendo mostrado resistencia activa a ser cacheado.
A Andrés J.H. también se le aplica aislamiento provisional tras regresar del hospital.
Raúl Y.Z. presenta antecedentes de haber protagonizado múltiples incidentes regimentales, que muestran una inadaptación al régimen ordinario.
¡Cuidado! Esta pregunta en su redacción original está actualmente derogada.
¡Cuidado! Esta pregunta fue anulada por el tribunal calificador de la oposición.
Al precisar Andrés J.H. el traslado de manera urgente al hospital de referencia, ¿qué actuaciones se tienen que realizar en el centro?
¿Es adecuada la aplicación de aislamiento provisional a ambos internos?
¿Es correcta la realización de un cacheo con desnudo integral sobre el interno Raúl Y.Z.?
¿Cabe la posibilidad de que la Junta de Tratamiento, previo estudio de los oportunos informes, solicite al Centro Directivo la aplicación a Raúl Y.Z. de las normas previstas para los establecimientos de cumplimiento de régimen cerrado?
El interno Raúl Y.Z. fue sancionado a un total de 24 días de aislamiento (14 días de aislamiento por la agresión y a 10 por la resistencia activa al cumplimiento de las órdenes de los funcionarios). Los acuerdos sancionadores han sido recurridos por el interno ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria. En cuanto a la ejecución de la sanción: